Fallo judicial reconoce daño ambiental en cuatro proyectos costeros de Valdivia
El Tercer Tribunal Ambiental resolvió acoger la demanda de reparación por daño ambiental presentada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra la Sociedad Agrícola Kuriñanco Ltda., Inmobiliaria Pilolcura Ltda. y tres personas naturales vinculadas, por obras ejecutadas en cuatro proyectos inmobiliarios de la costa de Valdivia, Región de Los Ríos.
La sentencia, que analiza los impactos ocasionados durante la ejecución de los proyectos Cutipay I, Cutipay II, Pilolcura y Canelales (este último en el sector Pellines), concluye que existió daño ambiental en todos los casos, aunque con diferencias en los componentes afectados según cada proyecto.
- En Cutipay I, Cutipay II y Canelales el tribunal constató afectaciones al suelo vinculadas a las intervenciones realizadas durante las obras.
- En Pilolcura el fallo identificó una afectación de mayor alcance, que incluyó vegetación, flora y el medio humano, es decir, impactos sobre el entorno y usos que realizan las comunidades locales.
Durante la tramitación del caso, el tribunal incorporó antecedentes documentales y declaraciones de peritos y testigos. Según el expediente, las audiencias de prueba y los alegatos se llevaron a cabo en 2024 en jornadas distribuidas a lo largo de cuatro sesiones, lo que permitió examinar las intervenciones en terreno y sus consecuencias.
| Proyecto | Ubicación | Componentes afectados |
|---|---|---|
| Cutipay I | Costa de Valdivia | Suelo |
| Cutipay II | Costa de Valdivia | Suelo |
| Pilolcura | Costa de Valdivia | Suelo; vegetación; flora; medio humano |
| Canelales (Pellines) | Sector Pellines, costa de Valdivia | Suelo |
La acción judicial fue interpuesta por el CDE con el objetivo de obtener reparación por los daños causados durante la ejecución de las obras. El tribunal, tras analizar los antecedentes incorporados al proceso, determinó la existencia de daño ambiental en los cuatro proyectos, consignando diferencias en la magnitud y naturaleza de las afectaciones según cada sector.
Un aspecto relevante que destaca la resolución es el efecto de las intervenciones sobre espacios utilizados por las comunidades locales, en particular el acceso a senderos tradicionales relacionados con actividades y prácticas de estas poblaciones, que fue considerado en la valoración del impacto sobre el medio humano.
El fallo incluye la valoración técnica de peritos y testimonios presentados en las audiencias de 2024. A partir de la sentencia, corresponderá ejecutar las medidas de reparación y las eventuales sanciones o medidas complementarias establecidas por el tribunal, conforme a lo dispuesto en la resolución judicial y a lo que determine la tramitación administrativa y técnica posterior.
La decisión del Tercer Tribunal Ambiental constituye un antecedente relevante para la gestión de proyectos inmobiliarios en zonas costeras de la Región de Los Ríos, al enfatizar la obligación de resguardar componentes como el suelo, la vegetación y los usos comunitarios en procesos de intervención del territorio.